La ley de Scope 3 de California: guía de cumplimiento publicitario 2026

California acaba de hacer obligatoria la divulgación climática para las grandes empresas. Si su organización genera más de mil millones de dólares en ingresos anuales y realiza negocios en California, ahora enfrenta requisitos jurídicamente vinculantes para divulgar todas las emisiones de Scope 3.
Eso incluye la publicidad digital.
La ley entró en vigor el 1 de enero de 2026. Los primeros informes de cumplimiento vencen dentro de 180 días para la mayoría de las empresas. El reloj ya está corriendo.
Quién debe cumplir: el umbral de mil millones de dólares
La ley de divulgación climática de California (formalmente SB 253 y SB 261, aprobadas en 2023 e implementadas en 2026) se aplica a empresas que cumplen dos criterios:
- Ingresos anuales superiores a mil millones de dólares (ingresos globales consolidados, no solo operaciones en California)
- “Hacer negocios” en California (definición amplia—si tiene clientes, empleados u operaciones en California, probablemente califica)
Esto captura aproximadamente 5.300 empresas a nivel mundial, incluidas la mayoría de las empresas del Fortune 500, grandes corporaciones europeas y grandes empresas privadas.
Matiz clave: el umbral de mil millones de dólares se basa en los ingresos totales de la empresa, pero todas las entidades que hacen negocios en California deben reportar. Una empresa matriz con 5 mil millones de dólares en ingresos debe reportar para todas las subsidiarias y unidades de negocio, incluso aquellas por debajo de mil millones individualmente.
La ley no exime a empresas no estadounidenses. Si tiene sede en Londres, Frankfurt o Tokio pero vende productos o servicios en California, está sujeto a requisitos de divulgación.
Qué debe divulgarse: todo el Scope 3, incluida la publicidad
La ley de California requiere divulgación completa de emisiones de Scope 3 en las 15 categorías definidas por el Protocolo GEI. El Scope 3 representa emisiones indirectas en su cadena de valor—todo lo que no son operaciones directas (Scope 1) o energía comprada (Scope 2).
La publicidad digital cae bajo Scope 3 Categoría 1: Bienes y servicios adquiridos. Cuando compra inventario publicitario, está comprando un servicio que genera emisiones a través de:
- Consumo de energía de centros de datos (servicio de anuncios, pujas, seguimiento)
- Redes de transmisión de datos (entrega de anuncios a dispositivos de usuarios)
- Redes de entrega de contenido (servicio de assets creativos)
- Consumo de energía de dispositivos (renderizado y visualización de anuncios)
Para la mayoría de las empresas orientadas al consumidor, la publicidad representa 0,5-3% de las emisiones totales de Scope 3. Eso es pequeño en comparación con la fabricación de la cadena de suministro o el transporte de productos, pero es lo suficientemente material como para requerir medición y divulgación precisas.
La ley ordena reportar:
- Emisiones totales de Scope 3 en toneladas CO2e
- Metodología utilizada para el cálculo
- Límites y supuestos
- Cambios respecto a períodos de reporte anteriores
- Estado de verificación por terceros
Crucialmente, la ley requiere aseguramiento. Su divulgación debe ser verificada por un tercero independiente con experiencia en contabilidad climática. No son datos autorreportados archivados y olvidados. Es información auditada sujeta a estándares de verificación.
Diferencias con CSRD: UE vs California
Las empresas que ya cumplen con la Directiva de Informes de Sostenibilidad Corporativa (CSRD) de Europa reconocerán similitudes con la ley de California, pero existen diferencias clave.
Alcance de cobertura:
- CSRD se aplica a grandes empresas de la UE (500+ empleados) y empresas cotizadas que cumplen umbrales de tamaño
- La ley de California se aplica a empresas con más de mil millones de dólares en ingresos que hacen negocios en California (independientemente de dónde tengan sede)
- Muchas empresas necesitarán cumplir con ambas
Cronograma de divulgación:
- CSRD sigue ciclos anuales de reporte financiero (típicamente 4-6 meses después del cierre del año fiscal)
- La ley de California requiere divulgación dentro de 180 días del período de reporte para Scope 3
Evaluación de materialidad:
- CSRD permite juicios de “materialidad”—las empresas pueden excluir categorías de emisiones no materiales
- La ley de California requiere reportar todas las categorías de Scope 3, independientemente de la evaluación de materialidad (aunque las fuentes pequeñas pueden usar metodologías de estimación)
Niveles de aseguramiento:
- CSRD requiere aseguramiento limitado inicialmente, avanzando a aseguramiento razonable para 2028
- La ley de California requiere aseguramiento razonable desde el inicio para empresas con más de mil millones de dólares en ingresos
Penalizaciones:
- La aplicación de CSRD varía según el Estado miembro de la UE; las penalizaciones pueden alcanzar millones de euros
- La ley de California incluye penalizaciones administrativas de hasta 500.000$ por violación por año, más exposición potencial a fraude de valores si las tergiversaciones son materiales
La implicación práctica: las empresas que operan tanto en California como en la UE necesitan procesos de divulgación climática armonizados que cumplan los requisitos más estrictos de ambos regímenes.
Cronograma: primeros informes vencen en 2026
El calendario de cumplimiento es implacable:
1 de enero de 2026: La ley entra en vigor. Las empresas deben comenzar a rastrear emisiones para el período de reporte 2026 utilizando metodologías conformes.
30 de junio de 2026: Primera fecha límite de divulgación de Scope 3 para empresas con reporte de año calendario (180 días después del cierre del año fiscal el 31 de diciembre de 2025). Esto cubre emisiones de 2025 calculadas retroactivamente.
A lo largo de 2026: Las empresas con años fiscales no calendario deben divulgar dentro de 180 días del cierre de su año fiscal.
1 de enero de 2027: Comienza el segundo período de reporte, ahora con un año completo de infraestructura de seguimiento en su lugar.
Perspectiva clave: la fecha límite de junio de 2026 requiere cálculo retroactivo de emisiones publicitarias de 2025. Las empresas que no rastrearon datos de emisiones basados en actividad durante 2025 enfrentan un ejercicio de reconstrucción doloroso—extraer registros de impresiones, registros de transferencia de datos e información de la cadena de suministro de plataformas de tecnología publicitaria que pueden o no haber retenido datos granulares.
Las empresas inteligentes comenzaron la implementación en el cuarto trimestre de 2025. Todos los demás ahora están corriendo para establecer medición conforme antes de la fecha límite.
Penalizaciones: mecanismo de aplicación real
La ley de divulgación climática de California incluye disposiciones de aplicación significativas, distinguiéndola de marcos voluntarios anteriores.
Penalizaciones administrativas:
- Primer fallo en divulgar: advertencia y oportunidad de remediar (30-60 días típicamente)
- Incumplimiento continuo: multas administrativas de hasta 500.000$ por período de reporte
- Tergiversación intencional: penalizaciones adicionales y responsabilidad penal potencial
Implicaciones de la ley de valores: Para empresas que cotizan en bolsa, la divulgación climática inexacta puede desencadenar responsabilidad por fraude de valores bajo la ley estatal y federal. Si los inversores confían en datos de emisiones falsos o engañosos, las empresas enfrentan posibles demandas colectivas y aplicación de la SEC.
La Junta de Recursos del Aire del Estado de California (CARB) administra la ley y ha contratado personal de aplicación dedicado. Las señales tempranas sugieren que están tomando en serio el cumplimiento—los reglamentos preliminares publicados en 2025 incluían estándares de verificación estrictos y puertos seguros limitados para errores de estimación.
Riesgo reputacional: Más allá de las penalizaciones legales, el incumplimiento conlleva exposición reputacional significativa. Los inversores conscientes del clima examinan cada vez más los datos de emisiones. Las agencias de calificación ESG incorporan la calidad de divulgación en sus puntuaciones. Los clientes y empleados esperan transparencia.
Una empresa atrapada subcontando emisiones de Scope 3 o utilizando metodologías indefendibles enfrenta escrutinio mediático, presión de inversores y desventaja competitiva mientras los rivales demuestran mejor desempeño climático.
Qué reportar: la publicidad cae bajo Scope 3 Categoría 1
La Scope 3 Categoría 1 abarca todos los bienes y servicios adquiridos. Para publicidad, esto incluye:
Emisiones de publicidad digital:
- Publicidad display y vídeo programática
- Publicidad en redes sociales (Facebook, Instagram, LinkedIn, TikTok, etc.)
- Publicidad de búsqueda (Google, Microsoft, etc.)
- Publicidad de televisión conectada
- Audio digital y publicidad de podcast
- Publicidad exterior digital
Puntos de datos requeridos:
- Emisiones totales en toneladas CO2e para el período de reporte
- Desglose por canal publicitario principal (si es material)
- Descripción de metodología (basada en actividad vs basada en gastos)
- Evaluación de calidad de datos (porcentaje de datos primarios vs estimaciones)
- Límites de la cadena de suministro (qué emisiones están incluidas/excluidas)
Decisiones de límites: Debe definir y divulgar qué se incluye en las emisiones publicitarias:
- Infraestructura de servicio y entrega de anuncios: Sí (emisiones básicas)
- Operaciones de centro de datos para pujas y toma de decisiones: Sí
- Emisiones de producción creativa (diseño, producción de vídeo): Depende (típicamente Categoría 1 si se subcontrata)
- Honorarios y servicios de agencia: Solo las emisiones asociadas con esos servicios, no los honorarios en sí
- Emisiones de dispositivos de usuario por visualización de anuncios: Debatible (el Protocolo GEI no es claro; la guía de California sugiere inclusión para publicidad digital)
La clave es consistencia y transparencia. Cualquiera que sea el límite que elija, documéntelo claramente y aplíquelo consistentemente a lo largo de los períodos de reporte.
Cómo calcular: use GMSF v1.2
La ley de California no ordena una metodología de cálculo específica, pero requiere metodologías “consistentes con los estándares del Protocolo GEI” y sujetas a verificación por terceros.
Para publicidad digital, esto significa efectivamente usar GMSF v1.2 (Global Media Sustainability Framework) o una metodología equivalente basada en actividad.
Por qué GMSF funciona para el cumplimiento de California:
- Construido sobre estándares del Protocolo GEI (metodología Scope 3 Categoría 1)
- Cálculos basados en actividad usando datos operacionales (registros de impresiones, transferencias de datos, etc.)
- Factores de emisión estandarizados verificados por grupos de trabajo técnico de la industria
- Salidas listas para verificación con pistas de auditoría a datos fuente
- Ampliamente adoptado por principales plataformas y proveedores de medición
Proceso de cálculo GMSF:
- Recopilar datos de actividad de plataformas de tecnología publicitaria (impresiones servidas, datos transferidos, saltos en la cadena de suministro)
- Aplicar factores de emisión estandarizados para cada tipo de actividad
- Sumar emisiones a través de todas las actividades publicitarias
- Agregar a emisiones publicitarias totales en toneladas CO2e
- Documentar supuestos, fuentes de datos y metodología de cálculo
Alternativa: estimación basada en gastos La ley de California permite estimación basada en gastos para categorías de Scope 3 donde los datos de actividad no están disponibles. Pero hay una trampa: los estándares de verificación requieren esfuerzo documentado para obtener datos de actividad antes de recurrir a métodos basados en gastos.
Dado que GMSF v1.2 está operativo y las principales plataformas de tecnología publicitaria lo admiten, los verificadores probablemente cuestionarán los cálculos basados en gastos para publicidad digital como insuficientemente rigurosos. Los datos de actividad existen—se espera que los use.
Errores comunes a evitar
Las empresas nuevas en la divulgación climática de California están cometiendo errores predecibles. Aquí está lo que debe evitar:
Error 1: Asumir que la publicidad no es material Algunas empresas inicialmente excluyeron la publicidad de la divulgación de Scope 3, argumentando que no es material. La ley de California requiere divulgación de todas las categorías. No puede omitir la publicidad solo porque es pequeña en relación con las emisiones totales.
Error 2: Usar factores basados en gastos obsoletos Los factores de emisión basados en gastos para publicidad (típicamente 400-600 kg CO2e por 1.000$ gastados) se derivan de datos 2019-2021 y sobreestiman las emisiones actuales en 300-500%. Los verificadores los están marcando como inexactos. Use cálculos GMSF basados en actividad en su lugar.
Error 3: Ignorar emisiones de la cadena de suministro Algunas empresas solo contaron emisiones directas de servicio de anuncios (impresiones entregadas) mientras excluían pujas, transferencias de datos e intermediarios de la cadena de suministro. Esto subestima las emisiones en 40-60%. Incluya toda la cadena de suministro.
Error 4: Perder la ventana de retención de datos Las plataformas de tecnología publicitaria típicamente retienen registros granulares durante 90-180 días. Las empresas que esperaron hasta marzo de 2026 para comenzar a recopilar datos de 2025 encontraron información crítica ya purgada. Comience la recopilación de datos inmediatamente, no espere la fecha límite.
Error 5: Límites de reporte inconsistentes Una empresa incluyó publicidad en redes sociales en su divulgación de California pero la excluyó del reporte CSRD (argumentando diferentes umbrales de materialidad). Los verificadores marcaron la inconsistencia. Mantenga límites consistentes entre regímenes regulatorios a menos que haya una razón metodológica legítima para diferencias.
Error 6: Documentación inadecuada La ley de California requiere documentación de metodología. “Usamos GMSF” no es suficiente. Necesita: qué versión de GMSF, qué factores de emisión, qué fuentes de datos, qué supuestos, cómo manejó las brechas de datos, procedimientos de aseguramiento de calidad. Documente todo.
Hoja de ruta de cumplimiento para 2026
Aquí está un plan de implementación práctico de 90 días para empresas que enfrentan la fecha límite de junio de 2026:
Días 1-14: Evaluación y planificación
- Confirme si su empresa cumple el umbral de mil millones de dólares en ingresos y los criterios “hacer negocios en California”
- Inventaríe las capacidades actuales de medición publicitaria
- Identifique fuentes de datos para datos de actividad de 2025 (servidores de anuncios, DSP, plataformas sociales)
- Involucre a potenciales proveedores de verificación (resérvelos temprano—tienen capacidad limitada)
- Presupueste costes de plataforma de medición y verificación
Días 15-45: Recopilación de datos y cálculo
- Implemente plataforma de medición conforme con GMSF (o contrate proveedor como Carbon Intelligence)
- Extraiga datos de actividad publicitaria de 2025 de todas las plataformas
- Calcule emisiones usando metodología GMSF basada en actividad
- Documente todos los supuestos, fuentes de datos y límites
- Ejecute verificaciones de calidad de datos (integridad, precisión, consistencia)
Días 46-75: Verificación y documentación
- Envíe cálculos y documentación al verificador de terceros
- Responda a preguntas del verificador y proporcione evidencia adicional según sea necesario
- Refine cálculos basándose en retroalimentación del verificador
- Prepare documento de divulgación con elementos requeridos
- Revisión legal interna del lenguaje de divulgación
Días 76-90: Presentación y divulgación
- Finalice documento de divulgación con datos de emisiones verificados
- Presente ante la Junta de Recursos del Aire de California vía portal designado
- Publique divulgación en informe de sostenibilidad o divulgación climática dedicada
- Comunicación interna a partes interesadas (inversores, junta, empleados)
- Estrategia de medios/relaciones públicas si es necesario (particularmente para empresas con emisiones significativas o compromisos climáticos fuertes)
Post-presentación: Mejora continua
- Establezca infraestructura de medición continua para el período de reporte 2026
- Integre datos de emisiones en operaciones publicitarias y optimización
- Rastree progreso de reducción de emisiones contra línea base
- Monitoree desarrollos regulatorios (California puede expandir o modificar requisitos)
Por qué las empresas no estadounidenses deberían preocuparse
Si su empresa tiene sede fuera de EE.UU. pero hace negocios en California, está sujeta a esta ley. “Hacer negocios en California” se interpreta ampliamente:
- Vender productos a consumidores de California (incluidas ventas en línea)
- Operar instalaciones u oficinas en California
- Emplear residentes de California (incluidos trabajadores remotos)
- Generar ingresos de clientes con base en California
- Mantener operaciones de cadena de suministro que tocan California
Para propósitos prácticos, la mayoría de las grandes marcas de consumo y empresas B2B con presencia en el mercado estadounidense califican.
Aplicación contra empresas no estadounidenses: California puede hacer cumplir contra empresas extranjeras que hacen negocios en el estado a través de:
- Penalizaciones administrativas (aplicadas vía operaciones en California o licencias comerciales)
- Disposiciones de ley de valores (si los valores se negocian en California o en bolsas estadounidenses)
- Aplicación reputacional (divulgación pública de incumplimiento)
- Restricciones de licencia comercial (California puede condicionar licencias comerciales al cumplimiento)
Varias empresas europeas inicialmente argumentaron que California carecía de jurisdicción sobre su reporte de emisiones. La guía del Fiscal General de California aclaró: si quiere hacer negocios en California, cumple con la ley de California. Es una condición de acceso al mercado.
Respuesta estratégica: Las empresas no estadounidenses deberían armonizar el cumplimiento de California y CSRD. Ambos requieren divulgación de Scope 3 con verificación. Ambos se aplican a emisiones publicitarias. Una sola infraestructura de medición puede servir a ambos regímenes regulatorios, reduciendo costes y complejidad.
Las empresas que están haciendo esto bien están tratando la divulgación climática como una función de cumplimiento global unificada, no flujos de trabajo separados de EE.UU. y UE.
La tendencia más amplia: la divulgación climática se está volviendo obligatoria
La ley de California no es una anomalía. Es parte de una tendencia global hacia la divulgación climática obligatoria:
- Unión Europea: CSRD obligatoria para grandes empresas a partir de 2024-2026 (por fases según tamaño de empresa)
- Reino Unido: Divulgación TCFD obligatoria para empresas cotizadas y grandes empresas privadas
- Japón: Requisitos de divulgación climática para empresas cotizadas
- SEC (federal de EE.UU.): Reglas propuestas de divulgación climática (actualmente retrasadas pero esperadas)
- Australia: Reporte climático obligatorio en desarrollo
- Singapur: Hoja de ruta de divulgación climática para empresas cotizadas
Los días del reporte de sostenibilidad voluntario están terminando. La divulgación climática se está convirtiendo en una obligación de cumplimiento corporativo estándar, como el reporte financiero.
Para publicidad específicamente, esto significa:
- La medición de carbono basada en actividad se vuelve obligatoria, no opcional
- Las estimaciones basadas en gastos ya no satisfacen los requisitos regulatorios
- La verificación por terceros crea responsabilidad por la precisión
- Los datos de emisiones influyen en decisiones de inversores y calificaciones ESG
- Las empresas enfrentan presión competitiva para demostrar reducción de emisiones
La ley de California acelera esta tendencia en el mercado estadounidense. Incluso las empresas aún no sujetas a divulgación obligatoria están implementando medición GMSF para prepararse para la probable expansión de requisitos.
Lograr el cumplimiento: comience ahora
Si está leyendo esto en enero de 2026 con una fecha límite en junio, ya está atrasado. Aquí está cómo ponerse al día:
Acciones inmediatas (esta semana):
- Confirme la obligación de divulgación de California de su empresa (umbral de ingresos + prueba de hacer negocios)
- Identifique propietarios internos (típicamente equipo de sostenibilidad + legal + adquisiciones/marketing)
- Inventaríe disponibilidad de datos publicitarios de 2025 (¿puede aún acceder a registros de actividad?)
- Contacte a proveedores de medición GMSF para implementación rápida
- Contacte a proveedores de verificación para verificar disponibilidad y cronograma
Decisión clave: construir vs comprar Puede implementar medición GMSF internamente o usar una plataforma de proveedor. Dada la fecha límite de junio, la mayoría de las empresas deberían usar proveedores. Construir capacidad interna toma 6-12 meses. Los proveedores pueden entregar mediciones conformes en 4-8 semanas.
Expectativas de presupuesto:
- Plataforma de medición GMSF: 15.000-75.000€ anualmente (dependiendo del gasto publicitario y complejidad)
- Verificación por terceros: 25.000-100.000€ para verificación inicial
- Trabajo interno: 200-500 horas (gestión de proyectos, recopilación de datos, coordinación)
Coste total del primer año para programa de cumplimiento de tamaño mediano: 50.000-150.000€. Para grandes empresas con operaciones publicitarias complejas: 200.000-500.000€.
Esa es una inversión material, pero es el coste del cumplimiento regulatorio. Las penalizaciones por incumplimiento exceden los costes de implementación, y el riesgo reputacional es más difícil de cuantificar pero potencialmente mucho mayor.
La línea de fondo
La ley de divulgación de Scope 3 de California es ahora ejecutable. Las empresas con más de mil millones de dólares en ingresos que hacen negocios en California deben reportar emisiones publicitarias con verificación de terceros. Las primeras fechas límite ya están aquí.
Esto no es sostenibilidad aspiracional. Es cumplimiento legal con mecanismos de aplicación y penalizaciones.
Las empresas que tendrán éxito son aquellas que:
- Implementan medición GMSF basada en actividad inmediatamente
- Establecen líneas base verificadas para emisiones de 2025
- Integran seguimiento de emisiones en operaciones publicitarias continuas
- Se preparan para expansión de requisitos (más estados, umbrales más bajos, verificación más estricta)
El tiempo de considerar si cumplir ha pasado. Ahora se trata de ejecutar el cumplimiento eficientemente y usar los datos requeridos para impulsar reducción real de emisiones.
Cumpla, luego optimice.
Para una visión más amplia del panorama regulatorio de EE.UU. y cómo otros estados siguen el ejemplo de California, consulte nuestro análisis Regulación de carbono en EE.UU.: ¿Qué cambia para la publicidad? →
¿Necesita ayuda con el cumplimiento de Scope 3 de California para publicidad? Carbon Intelligence proporciona medición basada en GMSF, documentación y soporte de verificación para empresas sujetas a requisitos de divulgación climática de California. Manejamos recopilación de datos, cálculo de emisiones y coordinación de verificación por terceros. Contáctenos para discutir su cronograma de cumplimiento.
Acerca de Carbon Intelligence: Proporcionamos soluciones de medición de carbono, optimización y cumplimiento para publicidad digital. Nuestra plataforma GMSF v1.2 entrega datos de emisiones conformes con California y CSRD con documentación lista para verificación.
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